• Entre los objetivos de esta medida está el inhibir o desincentivar el consumo de ciertos alimentos para evitar enfermedades crónicas.
Con el objetivo de seguir priorizando la salud de los mexicanos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la constitucionalidad en la que se regula el etiquetado frontal para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, para indicar los productos que excedan los límites máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, sodio y los demás nutrimentos críticos e ingredientes.
La reiteración se da en el contexto del amparo, que fue negado, promovido por Desde el Corazón del Fruto, S. A. de C. V., sobre el etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados.
En un comunicado, la Corte señaló que el etiquetado frontal “es una medida proporcional, que cumple con un fin constitucionalmente válido, pues las ventajas que se obtienen con su establecimiento, consistentes en inhibir o desincentivar el consumo de ciertos alimentos para evitar enfermedades crónicas no transmisibles; hacer efectivo el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, así como proteger el derecho a la salud de la población”.
Con esta medida, aclara la Corte, no se violan la libertad de comercio y de concurrencia de la parte quejosa, pues no se le impide dedicarse a la actividad que desee y tampoco se restringe su participación en el mercado, pues mientras que cumpla con lo establecido en las disposiciones, puede ejercer plenamente tales derechos.
Cabe señalar que este representa el primero de una serie de amparos que versa sobre este tema.
Recordemos que, en México, las disposiciones sobre el etiquetado de alimentos se depositan en la NOM 051 que precisa las características de dicha información y establece un sistema de etiquetado frontal, el cual debe advertir al consumidor final de forma clara y veraz sobre el contenido de nutrimentos críticos e ingredientes que representan un riesgo para la salud cuando se consumen en exceso.
Este etiquetado se integra por 5 sellos de advertencia en forma de octágono, que, de manera clara, sencilla y visible indican cuando un producto contiene exceso de nutrimentos e ingredientes críticos como: calorías, grasas saturadas, grasas trans, azúcar y sodio.
Estos señalamientos en los productos buscan desincentivar el consumo de ciertos ingredientes ya que se relacionan con el desarrollo de enfermedades y condiciones de alta prevalencia en el sistema de salud mexicano, como la diabetes, hipertensión, sobrepeso y obesidad, y distintos tipos de cáncer.